El acuerdo Ómnibus marca un punto de inflexión en la regulación de sostenibilidad corporativa en Europa, introduciendo cambios relevantes en los requisitos de reporte bajo la CSRD y la CSDDD con un claro objetivo: simplificar los requisitos de reporte y ajustar su alcance.
Antes de su entrada en vigor, todavía deben completarse los pasos legales finales, incluida su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y la posterior transposición a los ordenamientos nacionales. No obstante, el contenido del acuerdo ya permite anticipar cambios relevantes para miles de empresas.
En este artículo explicamos las principales modificaciones aprobadas, cómo impactan a las empresas y, además, las novedades de la versión preliminar de ESRS simplificado y sus implicaciones estratégicas para la gestión del riesgo y la sostenibilidad corporativa.

Principales Cambios Aprobados en el Acuerdo Ómnibus
CSRD: cómo el acuerdo Ómnibus redefine el alcance del reporte
El umbral de empleados se mantiene en 1.000 personas. Además, se incorpora un nuevo umbral de 450 millones de euros de facturación anual. Como resultado, se estima que cerca del 90 % de las empresas quedarán fuera del reporte obligatorio.
CSDDD: reducción del perímetro tras el acuerdo Ómnibus
El umbral se eleva a 5.000 empleados y 1.500 millones de euros de facturación anual, lo que implica que la gran mayoría de las empresas deja de estar sujeta a la obligación de realizar procesos formales de debida diligencia en sostenibilidad.
Otros cambios relevantes
- Se elimina la obligación de elaborar planes de transición climática bajo la CSDDD.
- Se descarta la creación de un régimen de responsabilidad civil a nivel de la UE.
- Se limitan las solicitudes de información a empresas más pequeñas de la cadena de valor: aquellas con menos de 1.000 empleados podrán apoyarse únicamente en divulgaciones VSME.
- Las sanciones se limitan a un máximo del 3 % de la facturación global.
- Se incorporan cláusulas de revisión, lo que deja abierta la puerta a futuras ampliaciones del alcance de CSRD y CSDDD.
ESRS simplificado tras el acuerdo Ómnibus: qué cambia realmente
Simplificación parcial, no eliminación del reporte
Aunque muchas empresas quedarán fuera del alcance obligatorio, una parte significativa del PIB europeo seguirá cubierta por la CSRD. Además, la demanda de datos de sostenibilidad por parte de inversores, bancos y grandes clientes no desaparece.
Menos puntos de datos y mayor flexibilidad
El borrador del ESRS simplificado reduce el número de datos obligatorios, introduce alivios específicos y flexibiliza las estimaciones de la cadena de valor. Al mismo tiempo, refuerza la interoperabilidad con estándares internacionales como ISSB, facilitando un enfoque más global.
Un panorama de reporte más fragmentado
Tras el acuerdo Ómnibus, se espera un ecosistema mixto:
- Empresas obligadas a reportar bajo CSRD.
- Empresas que se alinean voluntariamente con ESRS.
- Uso de otros marcos como VSME, GRI o ISSB.
- Divulgaciones puntuales bajo demanda de bancos, inversores o clientes.
Fuera del alcance no significa “fuera de ESG”
En la práctica, la demanda de información de sostenibilidad por parte de stakeholders seguirá presionando incluso a empresas que ya no estén obligadas a CSRD.
Del cumplimiento al valor estratégico
La regulación actúa como catalizador, pero el verdadero valor reside en utilizar los datos de sostenibilidad para:
- Tomar mejores decisiones de negocio.
- Gestionar riesgos y oportunidades.
- Asignar capital de forma más eficiente.
- Reforzar la confianza de los stakeholders.
Qué Implica para las Empresas
Grandes empresas: mantienen obligaciones bajo CSRD y deberán adaptar sus reportes al ESRS simplificado y a la creciente convergencia internacional.
Empresas medianas y pequeñas: pueden apoyarse en estándares voluntarios como VSME para responder a las expectativas del mercado sin asumir cargas desproporcionadas.
Estrategia corporativa: la sostenibilidad deja de ser solo cumplimiento y se consolida como una herramienta clave de resiliencia, reputación y gestión del riesgo.
Qué Cabe Esperar de la CSRD a Partir de 2026: Calendario y Claves para Consejeros y Directivos
Más allá de los cambios de alcance introducidos por el acuerdo provisional Ómnibus I, la directiva CSRD entra ahora en una fase decisiva de desarrollo normativo. Para los órganos de gobierno y la alta dirección, entender el calendario regulatorio y sus implicaciones prácticas será clave para anticiparse y evitar decisiones reactivas.
Calendario regulatorio clave (2026–2031)
Tras la aprobación política del acuerdo Ómnibus el pasado 16 de diciembre, los siguientes hitos marcarán la evolución de la CSRD en los próximos años:
Entrada en vigor de la directiva (previsiblemente antes de finales de febrero de 2026)
Una vez ratificada por el Consejo Europeo y publicada en el Diario Oficial de la UE, la directiva entrará formalmente en vigor. A partir de este momento, se activan los plazos para los actos delegados.
Revisión de los ESRS (hasta agosto de 2026)
En un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor, la Comisión Europea adoptará un acto delegado que modificará los ESRS.
EFRAG ya remitió su propuesta de estándares revisados a comienzos de diciembre, y no se esperan cambios sustanciales respecto al borrador actual. El objetivo es simplificar requisitos sin perder comparabilidad ni utilidad estratégica de la información.
Normas voluntarias para empresas de menos de 1.000 empleados (finales de 2026)
Cuatro meses después de la publicación oficial, la Comisión deberá adoptar un acto delegado con normas voluntarias de información en sostenibilidad, basadas en la Recomendación 2025/1710 para pymes.
Este marco voluntario, clave para empresas fuera del alcance obligatorio, será revisado cada cuatro años.
Primer ejercicio de reporte CSRD: 2027
Las compañías finalmente sujetas a CSRD deberán publicar sus informes de sostenibilidad a partir del ejercicio iniciado el 1 de enero de 2027, lo que implica que la preparación debe comenzar con antelación suficiente durante 2026.
Verificación limitada de la información (julio de 2027)
La Comisión Europea publicará la norma para la verificación limitada de los informes de sostenibilidad, reforzando la fiabilidad y trazabilidad de los datos ESG.
Infraestructura y apoyo operativo (febrero de 2028)
La Comisión presentará un informe sobre iniciativas para facilitar la recopilación y gestión de la información, junto con un repositorio online con guías prácticas para la elaboración de reportes de sostenibilidad.
Revisión periódica de los umbrales (desde 2031)
A partir de abril de 2031, y posteriormente cada tres años, se revisarán los umbrales de aplicación de la CSRD, actualmente fijados en 1.000 empleados y 450 millones de euros de facturación.
Esto confirma que el alcance de la directiva no es estático y puede ampliarse de nuevo en el futuro.
Qué significa esto para la toma de decisiones
Este calendario refuerza una idea clave: salir hoy del alcance obligatorio de CSRD no elimina el riesgo regulatorio ni la presión del mercado a medio plazo.
Para los consejos de administración y comités de dirección, la sostenibilidad deja de ser solo una cuestión de cumplimiento normativo y se consolida como:
- Un elemento central de gestión del riesgo regulatorio y reputacional.
- Un factor clave en el acceso a financiación, seguros y cadenas de suministro internacionales.
- Una herramienta para mejorar la calidad de la información interna para la toma de decisiones estratégicas.
Las empresas que utilicen este periodo de transición para estructurar sus datos ESG, aunque sea bajo marcos voluntarios como VSME o ESRS simplificado, estarán mejor posicionadas ante futuras ampliaciones del alcance regulatorio.
Conclusión: anticiparse es la verdadera ventaja competitiva
En consecuencia, el acuerdo Ómnibus y el ESRS simplificado no reducen la importancia de la sostenibilidad corporativa; redefinen cómo y cuándo debe abordarse. La clave ya no es solo cumplir, sino anticiparse con criterio estratégico.
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Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué es el acuerdo provisional Ómnibus?
Es un acuerdo del Parlamento Europeo que ajusta el alcance de CSRD y CSDDD, simplificando requisitos y reduciendo la cantidad de empresas obligadas a reportar.
¿Qué cambios introduce en CSRD y CSDDD?
Se elevan los umbrales de empleados y facturación, se eliminan obligaciones de planes climáticos y responsabilidad civil a nivel UE, y se limitan las solicitudes de información a pequeñas empresas de la cadena de valor.
¿Qué es el ESRS simplificado?
Un borrador de estándar europeo que reduce la cantidad de datos obligatorios, introduce alivios y mejora la interoperabilidad con normas internacionales como ISSB.
¿Fuera del alcance obligatorio significa que no hay que reportar?
No necesariamente: la presión de inversores, bancos y socios de la cadena de valor sigue requiriendo divulgación de información ESG, incluso de manera voluntaria.
¿Cómo ayuda airCO2 con estos cambios?
Acompañamos en interpretación regulatoria, identificación de obligaciones, preparación de reportes ESG y transformación de datos en decisiones estratégicas para mejorar la sostenibilidad corporativa.


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